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09/02/2014

Bankia ha sido condenada a devolver 30.000 € a un matrimonio de San Adrián

En el 2009, un matrimonio de San Adrián, agricultor jubilado él y, ama de casa ella, adquirieron 30.000 euros en participaciones preferentes de Caja Madrid. Lo hicieron siguiendo el consejo de su banquero, una persona de "su entera confianza", que siempre había asesorado a la familia. Incluso le habían seguido en su trayectoria profesional, trasladando sus ahorros de la sucursal del Santander en San Adrián, a Caja Madrid en Calahorra y después, a esta misma entidad en Pamplona. Allí fue donde firmaron la compra de las preferentes, un producto del que desconocían su verdadera naturaleza, tal y como ha dejado constancia la sentencia emitida por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Pamplona que insta a Bankia a devolver el dinero invertido a la pareja de San Adrián.

Alberto Caro Trevijano es el abogado del matrimonio de San Adrián afectado por las preferentes, que prefiere mantener su anonimato, y el encargado de llevar sus caso ante los tribunales. "Es el primer caso que surge en San Adrián. Ellos están convencidos de que hay más afectados en la localidad, pero que no se han decidido a denunciar por vergüenza a que la gente se entere de que han sido engañados", apuntó el letrado.

A PLAZO FIJO

La pareja decidió invertir sus ahorros "de toda la vida" en comprar un producto que creían fiable, seguro y, sobre todo, según afirma Alberto Caro, pensando que contrataban un depósito a plazo fijo. "En ningún momento peligro su dinero, solo querían asegurar su jubilación y se fiaron de una persona en la que confiaban. Nunca supieron que no iban a poder rescatar los 30.000 euros". El año pasado, uno de los tres hijos de la pareja, en plena crisis de las preferentes, les preguntó si habían adquirido el producto. Tuvieron que consultar los papeles del banco porque no los sabían. Ahí empezó un proceso que concluyó el pasado 24 de enero con la sentencia a su favor.
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El abogado del matrimonio de San Adrián, indicó que en el juicio contra Bankia, el propio director de Caja Madrid que les vendió las preferentes, ya jubilado, aseguró que él solo había hecho lo que le habían pedido desde la entidad bancaria: vender un producto a sus clientes. "Bankia intentó apoyarse en que le habían hecho un test de conveniencia al matrimonio, lo que demostraba que sí conocían el carácter de las preferentes. Pero en la sentencia la magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 7, considera que la prueba no fue suficiente habida cuenta de la absoluta indefinición y genérico del contenido".

Además, explicó Alberto Caro, la sentencia reconoce la poca claridad de los documentos de compra. "La magistrada entiende que la información que ofreció Bankia a sus clientes no es suficientemente clara ni precisa para que sean entendida por los demandantes. Por ello, declara la nulidad del contrato de subscripción de participaciones preferentes". El abogado apuntó la satisfacción ante la sentencia, suya y del matrimonio,. "Sobre todo, teniendo en cuenta lo que está ocurriendo con otros casos", aseguró.